Subvenciones para minimizar el impacto económico y apoyar el mantenimiento del empleo en los establecimientos de ocio nocturno de Galicia que permanecieron cerrados desde las 00:00 horas del día 31 de diciembre de 2021 hasta las 03:00 horas del día de 3 de enero de 2022.
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas y entidades físicas y jurídicas, con domicilio en Galicia que desarrollen la actividad económica de un establecimiento de ocio nocturno y que se acogieron al cierre opcional desde las 00:00 h del día 31 de diciembre hasta las 3:00 horas del día 3 de enero de 2022.
Se entenderá por establecimientos de ocio nocturno las discotecas, pubs, cafés espectáculo, salas de fiestas, salas de conciertos, café concierto, café teatro, café cantante y tablado flamenco. También se incluyen los karaokes y cafés de categoría especial.
El importe de la ayuda se determinará por establecimiento de ocio nocturno y en función de los metros cuadrados del local conforme a la siguiente escala:
El período de referencia para las ayudas reguladas en esta orden será desde el 30 de diciembre de 2021 hasta el 30 de junio de 2022.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 15 de marzo de 2022
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