SISTEMA CRETA Nuevo sistema de liquidación directo de cotizaciones




Sistema Creta (Control de Recaudación por Trabajador)

Bajo esta denominación, la Tesorería General de la Seguridad Social regula un nuevo proyecto que cambiará el sistema de cotización de las empresas: es un sistema de liquidación directa que pretende simplificar los trámites y gestiones actuales a través del uso intensivo de medios telemáticos


Funcionamiento

Las empresas recibirán mensualmente un “borrador” con las liquidaciones de sus cotizaciones a la Seguridad Social, mientras que hasta ahora era la empresa la que enviaba la información de las cotizaciones a través del sistema Red directo. En el sistema Creta, la obligación de la empresa consiste en comunicar los datos a la Seguridad Social en el plazo establecido.

Para la correcta cotización, las empresas deberán mantener un control riguroso del estado de afiliación de sus trabajadores y que esta información esté correctamente expuesta en las aplicaciones así como comunicar las variaciones en las bases de cotización y tramos de cotización de cada mes.

Cambios destacables

Aparece el concepto de tramo: La cotización y el cálculo de la cuota pasará a realizarse por tramos de días, siendo cada tramo la situación que tenga el trabajador en el mes, que afecte a su cotización y que sea diferente al anterior tramo. Así:


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Si un trabajador permanece el mes completo de alta y no ha tenido ninguna incidencia, el tramo será único correspondiéndose con los días naturales de dicho mes


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Si un trabajador está de baja médica desde el día 4 hasta el día 25 del mes, se crearán los siguientes tramos: Del 01 al 03, del 04 (por el inicio de la IT) hasta el 17 (hasta prestación cargo empresa), del 18 al 23 (prestación Inss/mutua al 60%), del 24 y 25 (prestación Inss/mutua al 75%) y del 26 hasta fin de mes (por fin IT

Cálculo de las liquidaciones

El cálculo de las liquidaciones se hará por trabajadores en lugar de hacerse por Cuenta de Cotización. Así tendremos la liquidación por trabajador y la suma total.

Liquidaciones parciales o totales

La Empresa podrá solicitar a partir del día 01 del mes siguiente, un borrador de la liquidación, para conciliarlo con los datos que ella tiene.

Cualquier discrepancia, la tendrá que solucionar la Empresa, dirigiéndose al organismo que genere esa incidencia.

La aparición de este tipo de liquidaciones implica que, a partir de Creta, se rechazará únicamente aquel trabajador que tenga diferencias con la información que dispone la TGSS, debiendo enviar de nuevo sólo ese trabajador con la corrección de errores. Hasta ahora, si se detectaba algún error en algún trabajador se rechazaba automáticamente toda la cuenta de cotización.

Simplificación datos a comunicar

Sólo se tendrán que enviar aquellos datos que la TGSS no pueda calcular o de los que no disponga, como son: las horas de trabajadores a tiempo parcial, coeficiente a tiempo parcial (eres parciales), horas extra, horas complementarias, el importe de formación continua, la subvención por formación, o las bases de cotización que sean diferentes a las del mes anterior. Es decir, no será necesario que las empresas remitan todos los meses la totalidad de los datos necesarios para el cálculo, dado que existe la opción de recuperar las bases del mes anterior, para aquellos trabajadores que no sufran variaciones.

Las bonificaciones, deducciones por pagos delegados o los importes totales, los datos del TC1, los calculará la TGSS automáticamente, y los remitirá a las empresas a través del Recibo de Liquidación.

Plazos

A partir del día 1 y hasta el antepenúltimo día de cada mes se podrá acceder a los servicios de liquidación y conciliación y efectuar los recálculos de la liquidación del trabajador que sean necesarios.

El día 20 se cerrará para las domiciliaciones y sólo de todo aquello que esté conciliado. Todo aquello que no esté conciliado ya no podrá ser domiciliado y se tendrá que abonar mediante pago en ventanilla.

Habrá cierres parciales el 24 y 28.

El antepenúltimo día del mes, será el último para intentar la conciliación, y el día 30 se generarán los recibos de liquidación definitivos.

Nuevos ficheros en formato XML

Toda la comunicación se hará mediante nuevos ficheros en formato XML, tanto para el envío de datos de cotización, como para la lectura de respuestas, corrección de discrepancias, así como para la emisión de los recibos de liquidación y relación nominal de trabajadores.

Mejoras del Sistema Creta para los cotizantes

Mayor control de la recaudación

Habrá un mayor control de la recaudación, ya que estará contrastada en colaboración con otros organismos, lo que supondrá una reducción de errores y, por tanto, una disminución de recargos.

Simplificación de trámites

Además, el uso de medios telemáticos simplifica los trámites y gestiones existentes en la actualidad. Aunque en realidad la mayor ventaja será para la Seguridad Social: Un sistema más ágil permitirá reducir los plazos de gestión y de recaudación, de manera que la administración tendrá conocimiento de las deudas en un menor plazo de tiempo y podrá tomar las consiguientes medidas ejecutorias para conseguir el cobro.

Entrada en vigor

A partir de enero de 2015 las empresas con menos de 15 trabajadores deberán utilizar el sistema Creta para la comunicación las cotizaciones de los trabajadores a la Tesorería de la Seguridad Social para así enviarlos en plazo. Ahora bien, a la fecha la TGSS no tiene constatado el funcionamiento de dicho sistema, razón por la cual entendemos que se ampliara el plazo de entrada en vigor.

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