AYUDAS PARA LA MEJORA DE LA CAPACIDAD DE INNOVACIÓN (INNOVAPEME)


subvenciones galicia

Estas ayudas están dirigidas a las empresas gallegas, con el fin de implementar mejoras significativas en las funciones empresariales relacionadas con la producción, prestación y distribución de productos, bienes y servicios, así como en los métodos organizativos y prácticas comerciales empleadas por la empresa, y que permitan incrementar la capacidad innovadora dando lugar a diferencias sustancia­les.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las pymes y micropymes, así como las entidades del tercer sector de acción social con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda.

Quedan excluidos las pymes que ya habían resultado beneficiarias de una ayuda en el programa Innovapeme del año 2021, 2022 y 2023 que no hayan renunciado expresamente.

Actuaciones subvencionables:

Se considerará que las ayudas tienen un efecto incentivador, lo que significa que el comienzo del plan tendrá como fecha mínima de inicio la fecha de solicitud, por lo que cualquier actividad o inversión tendrá que ser eje­cutado con posterioridad a la solicitud.

Serán subvencionables las facturas de los gastos ejecutados:

  • Para la primera anualidad: desde la fecha de presentación de la solicitud hasta el 30 de sep­tiembre de 2024.
  • Para la segunda anualidad: desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025.

Serán subvencionables las siguientes actividades:

  1. Actividades de Innovación

Son actividades destinadas principalmente a corregir deficiencias de mercado relacio­nadas con externalidades positivas (desbordamiento del conocimiento), deficiencias de coordinación y, en menor medida, información asimétrica. Se incluyen como subvencionables, entre otras:

  • Auditoría/consultaría en producto/servicio
  • Estudios de viabilidad técnica e industrial, económica y/o de mercado previos al de­sarrollo de producto/servicio
  • Protección de la propiedad industrial:
  • Asesoramiento para la transferencia de tecnología.
  • Obtención de certificaciones de normas oficiales vinculadas a los objetivos innovado­res presentados en la memoria técnica de la solicitud.
  • Asesoramiento para la gestión de proyectos colaborativos de I+D+i.
  • Asesoramiento para el acceso a la financiación de la innovación a través de instru­mentos financieros y ayudas públicas, así como fondos de capital riesgo.

 

  1. Innovación en procesos

Una innovación de procesos hace referencia a un proceso nuevo o mejorado para una o más funciones de negocio, difieren significativamente del proceso de negocio anterior de la empresa y que se ponen en uso por primera vez en la empresa. Son, entre otras:

  • Métodos de fabricación o producción de bienes o servicios innovadores
  • Sistemas logísticos o métodos de entrega o distribución: transporte y servicios de en­trega, almacenaje y gestión de pedidos.
  • Métodos de procesamiento de información o comunicación con intensificación tecno­lógica.
  • Métodos de contabilidad u otras operaciones administrativas
  • Métodos de marketing para promoción, embalaje, fijación de precios, posicionamiento del producto o servicios post-venta.
  • Innovaciones en procesos con beneficios medioambientales que genera impactos medioambientales positivos o reduce los negativos, en comparación con los anteriores de la empresa
  • Testado la escala preindustrial y pilotos de tecnologías facilitadoras (TFE)
  • Realidad aumentada, visión artificial y otras tecnologías similares empleadas en pro­cesos.
  • Impresión en 3D en aplicaciones específicas con materiales o procesos de alta inten­sidad tecnológica.
  • Automatización avanzada y robótica.
  • Internet de las cosas aplicadas las mejoras de procesos o a sistemas complejos.

 

  1. Innovación en organización

Una innovación de organización hace referencia a un método nuevo o mejorado para una o más funciones relativas a la organización empresarial y sus interacciones, que di­fieren significativamente de métodos anteriores de la empresa y que se ponen en uso por primera vez en la empresa. La innovación tiene un alcance o percepción a nivel de empre­sa, siendo para esta la novedad o mejora significativa, aunque no lo sea para su sector o mercado. Entre otras:

  • Diseño y desarrollo de nuevos procesos de organización que impacten.
  • Validación, a través de pilotos, de nuevos métodos organizacionales en el negocio, en la organización del trabajo, entre las que figuran la definición e introducción de nuevas iniciativas de innovación que supongan cambios en la gestión interna de la organización interna de la empresa y propicien su participación en redes empresariales
  • Validación a través de pilotos de implantación de metodologías de mejora de la ges­tión del conocimiento y de organización de responsabilidad laboral, toma de decisiones de gestión de recursos humanos: formación, contratación de personal, organización del lugar de trabajo, contratación de personal temporal, gestión de nóminas y servicio médico y de prevención.
  • Validación a través de pilotos de implementación de nuevos métodos organizativos en la organización de las relaciones hacia el exterior
  • Creación de departamentos/unidades de I+D+i (salvo en el caso de personas bene­ficiarias de convocatorias anteriores del Programa Innovapeme en los que ya se hubiera financiado la creación de estas unidades.

Gastos subvencionables:

Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el de­sarrollo de los objetivos de innovación para los que fueron concedidos. Se considerarán los costes directos que se subvencionan los siguientes:

  • Costes de personal.
  • Costes de adquisición de propiedad industrial.
  • Costes de material, suministros y productos similares.
  • Costes de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales, así como la obtención de certificaciones.
  • Costes de servicios de asesoramiento en materia de diseño y/o innovación.
  • Costes de servicios de apoyo en materia de innovación.
  • Costes de equipamiento y material instrumental inventariables, de nueva adquisición y no adquirido con fondos o ayuda públicas, en la medida en que se utilicen para las activi­dades del plan y según su correspondiente amortización.

Se considerarán subvencionables los costes indirectos, que son aquellos que no están vinculados o no pueden vincularse directamente con la actividad subvencionada por tener carácter estructural, pero resultan necesarios para su realización. El coste imputable por este concepto será el importe resultante de aplicar un porcentaje del 20% a los costes directos del plan.

Cuantía de las ayudas:

El presupuesto de la actuación tendrá que ser de 50.000€ como mínimo y 150.000€ como máximo, y el importe de la cuantía será el 50% de la inversión total del proyecto.

Plazo de presentación:

La convocatoria finaliza el 13 de marzo de 2024.

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