AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS REVISTAS


Ayudas para la contratación de personas trabajadoras revistas

Este programa tiene la finalidad de favorecer el relevo en las plantillas de las empresas.

 

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias las pymes que realicen contratos de relevo para prestar servicios en centros de trabajo de Galicia.

 

REQUISITOS

          Las entidades beneficiarias deberán tener una tasa de estabilidad mínima de un 70% en el mes anterior al de la realización del contrato de relevo.

 

          La retribución anual mínima será de 14.000 € de la persona trabajadora relevista, en caso de que el contrato sea a tiempo completo y, en todo caso, se cumplirá con las retribuciones mínimas del convenio colectivo de referencia.

 

          No podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas, las administraciones y sociedades públicas, las empresas de inserción, los centros especiales de empleo, las entidades de formación así como las entidades sin ánimo de lucro.

 

          Los contratos deberán concertarse con carácter indefinido a jornada completa o con una duración determinada siempre que en este supuesto conste el compromiso por parte de la empresa de conversión a indefinido en el momento de su finalización.

 

          Estos contratos  deben realizarse con personas que:

 

  • Sean desempleados menores de 30 años o mayores de 45 años.
  • Mayor de 30 años que tenga en vigor en la misma empresa un contrato en prácticas y para la formación (en este último caso, hasta 25 años), o que desarrolle en ella un periodo de prácticas no laborales, siempre que conste el compromiso de conversión a indefinido en el momento de su finalización.

 

          Las contrataciones de relevo de carácter temporal deberán suponer incremento de la plantilla de la empresa en el ámbito territorial de Galicia, de modo que supere el promedio aritmético de los tres meses anteriores a la fecha de inicio de la prestación laboral.

 

CUANTÍA

Las contrataciones de relevo realizadas se incentivarán con una ayuda de 7.500 € por cada contrato realizado. Se incrementarán en un 5% en los siguientes casos:

 

          Si la persona contratada es mujer.

 

          Si la persona contratada es una persona con discapacidad.

 

          Si la actividad de la entidad solicitante pertenece al ámbito de sectores estratégicos.

También habrá un incremento de un 10% en el caso de puestos de trabajo en que el relevista vaya a desarrollar funciones relacionadas con la adaptación tecnológica de la empresa.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo finalizará el 30 de septiembre de 2020.

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