¿QUÉ DERECHOS TIENE TU EMPRESA FRENTE A LAS COMPAÑÍAS DE LUZ?


Derechos de la empresa frente a las compañías de luz

Las compañías de luz se aprovechan a menudo del desconocimiento de las empresas para no cumplir con sus obligaciones. En este artículo te explicamos cuáles son los derechos que tiene tu empresa y cómo reducir la factura de luz.

 

¿Cómo ahorrar en las facturas de tu empresa?

El gasto en energía puede desequilibrar el balance económico en tu empresa, y por ello conocer los derechos que te corresponden es muy importante, como veremos más adelante. Además, es importante saber cuál es la potencia eléctrica que necesitamos, ya que de lo contrario, podríamos estar pagando más de lo necesario.

 

La potencia eléctrica contratada es la cantidad de kilovatios máximos que podremos utilizar en una instalación sin que “salten los plomos” o sin que se active el Interruptor de Control de Potencia. Debe contratarse la necesaria, pero debemos tener en cuenta que cuanta más contratemos, más pagaremos en nuestra factura. El precio del término de potencia contratada se tendrá que multiplicar por 5, 75 kW, en el caso de que esa sea nuestra potencia.

 

Por ello cada vez son más los consumidores que se deciden a bajar la potencia contratada para reducir el importe de sus facturas. Bajar la potencia contratada tiene un coste bajo y puede hacerse llamando a la atención al cliente de Iberdrola, Endesa, Holaluz o cualquier comercializadora. Si quieres saber más sobre la atención que Repsol, Iberdrola o Cepsa brindan a las empresas puedes seguir leyendo el siguiente artículo:

https://www.serviciosluz.com/iberdrola/atencion-al-cliente/.

 

¿Cuáles son los derechos de tu empresa frente a las compañías de luz?

Seguidamente se exponen cuáles son los derechos que tienen las empresas frente a las compañías de luz:

 

  • Tras la liberalización del mercado de electricidad en 2009, las comercializadoras deben informar a las empresas de una forma comprensible en qué mercado se encuentra su tarifa, ya sea en el libre o en el regulado.
  • Los empresarios tienen derecho a ser informados sobre la tarifa que hayan contratado, la cantidad de kilovatios que han contratado y si su tarifa incluye servicios adicionales, como servicio de averías o mantenimiento.
  • Si la empresa ha sufrido un corte de luz de más de seis horas o más de 11 cortes durante el plazo de un año, se tendrá derecho a un descuento en la factura de luz.
  • En el caso de que una empresa reciba dos facturas seguidas con una lectura de consumo estimado, podrá reclamarse el recibo en el caso de que se considere erróneo. Únicamente será necesario que no haya transcurrido más de un año desde la emisión de la factura.
  • Las empresas podrán exigir a las compañías distribuidoras el pago de una indemnización en el caso de que los aparatos eléctricos o electrodomésticos se estropeen a causa de una subida de tensión. Los responsables de estos sucesos son las compañías distribuidoras y no las comercializadoras.
  • Las compañías de luz tienen la obligación de atender las reclamaciones de tu empresa en un plazo máximo de 5 días hábiles. Si la compañía de luz no atiende las quejas de tu empresa, tendrás derecho a una indemnización.

Para saber más sobre los derechos que poseemos los consumidores, puedes consultar el siguiente artículo  de la Organización de Consumidores y Usuarios sobre el derecho del consumidor.

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