AYUDAS DESTINADAS A FOMENTAR EL ASOCIACIONISMO Y PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES PARA 2021


Ayudas-participacion-mujeres-2021

 

Ayudas dirigidas a asociaciones de mujeres y a las federaciones constituidas por estas, con la finalidad de fortalecer y consolidar el movimiento asociativo y potenciar la participación social y la calidad de vida de las mujeres gallegas.

 

ENTIDADES BENEFICIARIAS:

Asociaciones de mujeres y federaciones constituidas por estas, sin ánimo de lucro, que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Tener domicilio social en Galicia.
  2. Estar legalmente constituidas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación.
  3. Estar inscritas en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS). Este requisito será verificado de oficio por la unidad de Igualdad instructora del procedimiento.
  4. Haber presentado la memoria de actividades (relativa a actuaciones de promoción de la igualdad y de prevención y tratamiento de la violencia contra las mujeres) con anterioridad a que finalice el plazo de presentación de solicitudes o, en su caso, el de contestación al requerimiento realizado al efecto, relativa a como mínimo uno de los últimos años, desde el año 2017 al 2020, en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS). Este requisito se verificará de oficio por la unidad de Igualdad instructora del procedimiento. Este requisito no será exigido para las entidades de reciente creación (a partir de 31 de diciembre de 2018).
  5. Los fines y objetivos de las asociaciones y de las federaciones solicitantes deberán contribuir a promover la igualdad entre hombres y mujeres y a potenciar la participación y la presencia de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social. Estos fines y objetivos deberán estar contemplados en los estatutos de la asociación o federación o desprenderse de su actuación general.
  6. Las mujeres socias deben representar, al menos, el 90 % de la totalidad de las personas asociadas, tanto en el caso de las asociaciones como de las federaciones.

 

ACCIONES SUBVENCIONABLES:

Línea 1: consolidación del movimiento asociativo: Podrán ser objeto de subvención en la línea 1 los gastos corrientes derivados del mantenimiento y funcionamiento ordinario de la entidad solicitante, generados en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, ambos incluidos.

La cuantía máxima de la ayuda que se puede conceder en la línea 1 al amparo de esta convocatoria es de 4.000 euros.

Línea 2: promoción de actuaciones y actividades singularizadas en materia de igualdad, de prevención de la violencia de género y de acompañamiento de las víctimas, con especial incidencia en las mujeres rurales, mujeres mayores y/o mujeres en situación de vulnerabilidad, en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género, realizadas entre el 1 de diciembre de 2020 y el 30 de noviembre de 2021, ambos incluidos.

La cuantía máxima de la ayuda que se puede conceder al amparo de esta línea es de 6.000 €.

 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

El plazo de presentación finalizará el 21/07/2021

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