AYUDAS PARA LA CONCILIACIÓN POR MATERNIDAD O PATERNIDAD DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS




 

Orden de 27 de abril de 2018 (DOGA 15 de mayo de 2018) 

 

 BENEFICIARIOS

Personas trabajadoras, dadas de alta en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, con su centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, que, una vez finalizada su baja por maternidad o paternidad, en el plazo de los 15 días siguientes,  contraten a una persona trabajadora por cuenta ajena.

También serán beneficiarias las sociedades que realicen una contratación en iguales condiciones con respecto a los autónomos societarios.

 

ACCIÓN SUBVENCIONABLE

Será subvencionable la contratación realizada entre el 1 de noviembre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018.

 

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN

100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social correspondiente a la persona contratada durante un máximo de 16 semanas.

 

REQUISITOS

1.- Haber estado de baja por maternidad o paternidad.

2.- Formalizar un contrato de cualquier modalidad en el plazo de los 15 días siguientes a la finalización de la baja por maternidad o paternidad.

3.- Realizar su actividad en la CCAA de Galicia.

4.- Estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social

 

EXCLUSIONES

Contratos realizados con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes hasta el segundo grado, por consanguinidad o afinidad, de la persona solicitante.

No será aplicable esta exclusión cuando la persona empleadora sea un trabajador autónomo que emplee a un hijo menor de 30 años; cuando sea un trabajador autónomo sin asalariados que contrate a un familiar menor de 45 años que no conviva en su hogar ni esté a su cargo; o cuando se contrate a hijos mayores de 30 años con especiales dificultades para su inserción laboral con una discapacidad.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Para las contrataciones realizadas entre el 1 de noviembre de 2017 y la fecha de publicación de esta Orden, 15 de mayo de 2018, el plazo será hasta el 15 de julio de 2018.

Para las contrataciones realizadas desde el 15 de mayo de 2018, el plazo será de un mes desde la fecha de la contratación.

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través de medios electrónicos.

Comparte esta noticia:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *