SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE PROGRAMACIÓN MUSICAL EN SALAS PRIVADAS HABILITADAS LEGALMENTE PARA ORGANIZAR ESPECTÁCULOS MUSICALES CON PÚBLICO, DENTRO DE LA PROGRAMACIÓN DEL XACOBEO 2021.


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Subvenciones para el desarrollo de proyectos de programación musical en salas privadas habilitadas legalmente para organizar espectáculos musicales con público, dentro de la programación del Xacobeo 2021, con la finalidad de contribuir a la promoción de la actividad musical, en el año 2021 (código de procedimiento CT302D).

Los proyectos financiados deberán:

a) Incluir una programación mínima de 15 conciertos, con un 70 % mínimo de grupos gallegos, y con un presupuesto mínimo del proyecto de 20.000 euros.

b) Desarrollarse íntegramente en Galicia en las fechas comprendidas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de octubre de 2021

 

BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, agrupaciones de entidades, personas físicas (autónomas) y personas jurídicas privadas con domicilio o sucursal en Galicia o en un territorio miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo, titulares o arrendatarios de espacios privados, situados en la Comunidad Autónoma, habilitados legalmente para organizar espectáculos musicales con público.

Solo se podrá presentar un único proyecto por solicitante. Para los supuestos de agrupaciones, los miembros no podrán presentar proyectos de forma individualizada.

 

REQUISITOS:

a) Tener social o estatutariamente como objeto social la organización de espectáculos musicales, en el supuesto de personas jurídicas.

b) Estar dados de alta en el impuesto de actividades económicas correspondientes a dichas actividades, con una antigüedad mínima e ininterrumpida de dos años.

c) Contar con un establecimiento o ser arrendatario del mismo en la Comunidad Autónoma de Galicia habilitado como sala de concierto, sala de fiestas o café-espectáculo, de conformidad con la definición que de estos establecimientos se determina en el Decreto 124/2019, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos abiertos al público y se establecen determinadas disposiciones generales de aplicación en la materia; así como café-concierto, café categoría especial o tablao flamenco previstos en el Decreto 292/2004, de 18 de noviembre.

d) Haber realizado un mínimo de 15 conciertos en el año 2019 en el espacio en el que desarrollen la programación presentada.

e) La programación propuesta deberá ser desarrollada en la Comunidad Autónoma y realizar un mínimo de 15 conciertos, en las fechas comprendida entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de octubre de 2021.

 

CUANTÍA:

A los proyectos subvencionados se le concederá el 80 % del presupuesto presentado con el límite máximo de 20.000 euros.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 01/03/2021.

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