TRANSFORMACION DIGITAL DE LAS PYMES


ayuda pymes gallegas

Estas ayudas están destinadas a la puesta en marcha de proyectos de digitalización, cuya finalidad sea la implantación de soluciones para el soporte digital de procesos de una empresa o para proyectos de interconexión digital de procesos entre una empresa gallega y otras empresas, o entre dos o más empresas gallegas.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su forma y los empresarios autónomos, siempre que tengan un centro de trabajo en Galicia donde se vaya a realizar el proyecto.

Tipos de proyectos:

Los proyectos podrán ser de dos modalidades:

A.- Proyectos individuales en que una pyme aborda uno de los siguientes tipos de proyecto:

  • Desarrollo de un interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.
  • Sistemas de inteligencia artificial, aprendizaje automático y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados y ciberseguirdad.
  • Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral.
  • Implementación de un sistema de mejora de la función logística de la empresa, parcial o integral en alguno de los siguientes ámbitos de actuación: Digitalización y automatización, procesos y aplicaciones y virtualización y analítica de datos.

B). Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas aborda uno de los siguientes tipos de proyecto:

  • Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales, incluidas aquellas orientas a la mejora de la función logista del conjunto de empresas.
  • Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad, así como la implantación de un sistema de mejora de la función logística, parcial o integral, de uso común, específicamente aplicable para su ámbito de actividad.

Además, los proyectos se encuadrarán en tres tipos distintos en función del importe total subvencionable:

• Tipo 1: proyectos con un importe subvencionable de menos de 50.000€.
• Tipo 2: proyectos con un importe subvencionable de entre 50.000€ y 120.000€.
• Tipo 3: proyectos con un importe subvencionable de más de 120.000€.

El importe subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000€ para los proyectos individuales y de 10.000€ por participante para los proyectos colectivos.

El plazo de ejecución se inicia desde la solicitud de la ayuda y como máximo, hasta el 30 de junio de 2025.

Proyectos subvencionables:

Se podrán subvencionar los siguientes tipos de conceptos:

a) Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridas en propiedad que sean necesarios para el desarrollo del proyecto. Se excluye la adquisición y acondicionamiento de inmuebles, gastos de mobiliario, medios de transporte, equipamiento de oficina y el equipamiento TIC básico (tal como ordenadores de sobremesa, portátiles, teléfonos inteligentes, tablets, impresoras). No obstante, excepcionalmente se podrá autorizar la adquisición de equipamiento TIC que por su especificidad quede justificado en el ámbito de desarrollo de proyecto, cuando su suministro sea imprescindible para la implantación del proyecto, sin que puedan ser utilizados para otros fines distintos a dicha implantación.

b) Servicios de consultoría externa de carácter tecnológico u organizativo: asistencia técnica y consultoría directamente relacionada con la ejecución del proyecto. Las colaboraciones externas subvencionables deberán contribuir a los objetivos específicos del proyecto, y por lo tanto no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionadas con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad, servicios de mantenimiento ni cualesquiera otros no vinculados directamente al objeto del proyecto.

Cuantía de las ayudas:

  • El 35% de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas y del 25% para las medianas.
  • El 50% de los gastos de servicios de consultoría externa subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas.

Plazo de presentación:

La convocatoria finaliza el 27 de mayo a las 14:00 horas.

Comparte esta noticia:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *